La
Corte Constitucional ordenó a un juez de Chocó reconsiderar la suma que no debe
ser de $6.200 millones de pesos.
La
Corte Constitucional tumbó la indemnización por $6.200 millones de pesos que
debía pagar el estado por la muerte de un menor que murió estrangulado mientras
estuvo detenido.
Juan
Andrés Palacios Asprilla, de 15 años, fue detenido el 30 de junio de 2016 en un
Centro Transitorio para Adolescentes del ICBF en Quibdó, Chocó. Ese mismo día
fue encontrado sin vida y según consta la necropsia realizada por Medicina
Legal, la causa de la muerte fue un homicidio por sofocación o
“estrangulamiento”.
En
octubre un grupo de 86 personas entre familiares, amigos y la compañera
permanente solicitaron una indemnización por la muerte del menor.
En
2017 el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó ordenó “la
máxima indemnización por concepto de daño moral a 54 demandantes” por
$6.284.280.316. El juez señaló que el ICBF fue responsable de una “grave
violación de derechos humanos”. En marzo de 2018 el Tribunal Administrativo del
Chocó confirmó la decisión.
Pero,
tras una tutela interpuesta por el director regional del ICBF, la Corte
Constitucional le ordenó al juzgado proferir una nueva decisión sobre el monto
por el cual deben ser reparadas las víctimas.
De
acuerdo con la Corte, “se reconoció a ciertas personas como víctimas, sin que
se lograra acreditar adecuadamente tal calidad” y añadió que la indemnización a
54 personas por más de 6.200 millones de pesos “tiene un impacto significativo
en el patrimonio público”.
“De
manera precisa, la Sala consideró que no se verificaron elementos de juicio que
soporten una mayor intensidad y gravedad del daño moral”, dice la Corte.
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