La
Fiscalía vinculó formalmente a 15 concejales de Quibdó 2012-2015, en la
investigación penal por el presunto desfalco de los recursos en los Juegos
Nacionales capitulo Quibdó.
A los
cabildantes se les formuló imputación en condición de coautores por el concurso
heterogéneo y sucesivo de los delitos de prevaricato por acción y contratos sin
cumplimiento de los requisitos legales esenciales y peculado por apropiación en
favor de terceros, estos a título de cómplices.
Comprende
a los expresidentes del Concejo Municipal de Quibdó 2013 y 2014, 13 concejales
más y un diputado actual a la Asamblea del Chocó, y hace referencia al trámite,
discusión y la aprobación de los acuerdos municipales que modificaron el POT.
Se
dice que estos crearon e incorporaron una zona de expansión urbana al perímetro
urbano de la ciudad de Quibdó, violentando las leyes 9 de 1989; 388 de 1997;
507 de 1999; 1537 de 2012 y 134 de 1994.
Se le
informó a MarioEnTuRadio que, también se cuestiona la autorización que dieron a
la alcaldesa de la fecha para la compra de los dos lotes de terrenos sin
verificar previamente el cumplimiento de los requisitos de las leyes 9 de 1989
y l388 de 1997.
Con
dichos actos, los concejales seleccionaron de la vía que de Quibdó conduce a
Yuto, 7 kilómetros de un solo margen, el izquierdo, en los que estaban
incluidos los predios cuestionados, incorporándolos al perímetro urbano,
mutando terrenos improductivos, fincas agrestes y porquerizas, en latifundios
de usoIL industrial y comercial, permitiendo con ello la sobrevaloración
exponencial de los mismos, por los que se pagaron más de 2,000 y 1,400 millones
de pesos.
Por
ello, la Fiscalía solicitó la imposición de medida de aseguramiento no
privativa de la libertad reguladas en el
artículo 307 Literal B # 4 y 7, contra los servidores públicos municipales,
mismas que éste14 de junio, fueron impuestas por el Juzgado Primero Penal
Municipal de Garantías de Quibdó.
Los
asegurados son:
1.
DANNY ANDRADE MENA
2. POMPEYO PAZ CUESTA
3. JOHN JAIRO CÓRDOBA MARTÍNEZ,
4. REYNALDO CUESTA BORJA,
5. YAHIR ENIL CUESTA GUTIÉRREZ,
6. ZUARLY SKISLER GONZÁLEZ MURILLO,
7. HARRISON DÍAZ HERNÁNDEZ,
8. DAVID HURTADO MOSQUERA,
9. PEDRO PALACIOS RENTERÍA,
10. ANDERSON ALONSO PALACIOS URRUTIA,
11. EDISSON PANESSO MOSQUERA
12. CARLOS ANDRÉS PINO CÓRDOBA
13. JESÚS OMAR RENTERÍA BORJA
14. JOHN FERNANDO VALENCIA MARTÍNEZ
15. LUIS FÉLIX VALENCIA RÍOS
2. POMPEYO PAZ CUESTA
3. JOHN JAIRO CÓRDOBA MARTÍNEZ,
4. REYNALDO CUESTA BORJA,
5. YAHIR ENIL CUESTA GUTIÉRREZ,
6. ZUARLY SKISLER GONZÁLEZ MURILLO,
7. HARRISON DÍAZ HERNÁNDEZ,
8. DAVID HURTADO MOSQUERA,
9. PEDRO PALACIOS RENTERÍA,
10. ANDERSON ALONSO PALACIOS URRUTIA,
11. EDISSON PANESSO MOSQUERA
12. CARLOS ANDRÉS PINO CÓRDOBA
13. JESÚS OMAR RENTERÍA BORJA
14. JOHN FERNANDO VALENCIA MARTÍNEZ
15. LUIS FÉLIX VALENCIA RÍOS
Los
mismos deberán observar buena conducta individual, familiar y social;
abstenerse de comunicarse y contactarse con varias secretarias de Despacho
Municipal y sus antiguos regentes, al igual que con las entidades como
Codechocó, Empresas Aguas del Atrato, el Consejo Territorial de Planeación
Municipal, organismos que por Ley debian participar en la tramitación de la
incorporación de las áreas de expansión al perímetro urbano y en las
modificaciones al POT Municipal.
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