El mapa que fija los límites entre Antioquia y Chocó sigue
teniendo validez jurídica. Ayer la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Consejo de Estado negó la petición de medidas cautelares solicitadas por
Antioquia.
Y es que la Gobernación había pedido que se suspendieran
provisionalmente los efectos del acto administrativo que se publicó junto con
el mapa que ubica a los corregimientos de Belén de Bajirá, Nuevo Oriente,
Blanquicet y Macondo como parte de Chocó. Los tres últimos se consideraban
corregimientos de Turbo, Antioquia.
Dicho mapa, elaborado por el Instituto Geográfico
Agustín Codazzi (Igac), se conoció el 9 de junio de 2017, dos años después de
una diligencia de deslinde que verificó la existencia de puntos limítrofes
citados en leyes anteriores.
Con base en el mapa, el Igac instaló, en abril de
este año, varios hitos y obeliscos para demarcar los puntos fronterizos. Esa
diligencia causó molestia en el alcalde de Turbo, Alejandro Abuchar, quien ordenó demoler los
mojones instalados su municipio porque, a su juicio, se trata de un “territorio
distrital”.
Diferencia de conceptos
Según el Consejo de Estado, no existe certeza
acerca de la situación jurídica en la que están los departamentos de Antioquia
y Chocó en relación con los límites “por lo que es menester determinar si se
está frente a lo que se ha denominado como límite dudoso, o si de acuerdo con
la actuación administrativa, se trata de una certificación del límite”.
Cabe aclarar que según las normas vigentes (Decreto
2381 de 2012 y Ley 1447) se requiere una “certificación de límite” cuando las
fronteras encontradas son iguales a lo que aparece en las leyes; por eso no es
necesario el aval de ninguna otra entidad. En cambio, cuando hay “límite
dudoso” el Igac elabora el mapa y envía un informe con los resultados a las comisiones
de Ordenamiento Territorial del Senado y la Cámara.
Hoy Antioquia alega que existe un límite dudoso y
que por eso la publicación del mapa no se ajustó a la Ley; mientras que Chocó
reclama que se trató una certificación de los límites consagrados en la Ley 13
de 1947, con la que se creó ese departamento.
El Igac informó, cuando se publicó el mapa, que los
límites encontrados son iguales a los que aparecen en la ley de 1947 y que, por
si fuera poco, las Comisiones de Ordenamiento Territorial de Cámara y Senado,
en sesión conjunta del 14 de diciembre de 2016, “devolvieron el expediente por
considerar que no cumplía con requisitos para considerarse límite dudoso”.